Ante la sospecha de tener algún alumno con
altas capacidades debemos de acudir al equipo de orientación psicopedagógica
del centro educativo¸ cuya función principal será la de identificación del
alumno superdotado¸ así como la de graduar sus habilidades¸ definirlo:
superdotado¸ talento¸ genio… Además, pueden
y deben ayudar al tutor a diseñar la estrategia más adecuada según la
configuración cognitivo emocional del alumno. Una vez realizada la detección¸
evaluación y diagnóstico del alumno¸ el informe debe pasar al Equipo de
Orientación Psicopedagógica que le corresponda por zona territorial al centro
educativo. Quienes deberán valorar la información recibida y remitirla a la
Dirección Provincial. Respecto a las
medidas organizativas y de coordinación:
- Conformación
de una estructura organizativa completa en la que, a partir del centro
educativo, como primer responsable de la atención a este alumnado, se
continúe a través del apoyo y asesoramiento de los responsables de la orientación,
y se completa con las Comisiones Específicas y con los Equipos
Específicos, en su caso, y en colaboración con los responsables de la
Dirección Provincial de Educación correspondiente. Desde el punto de vista asesor, se
organizará una red de asesoramiento específica.
- Establecimiento
de un procedimiento de intervención, con delimitación de fases y de
responsabilidades. De forma general, se deben plantear los siguientes
pasos:
- Un
primer despistaje por el profesorado, con el oportuno asesoramiento y en
función de su capacitación sobre el proceso de detección inicial.
Identificación selectiva por los especialistas (orientadores), habitualmente a
partir del primer despistaje.
- Diseño
conjunto de programas, por profesores y orientadores.
- Aplicación
directa de programas por el profesorado e intervención indirecta de los
especialistas, de Psicología y Pedagogía, de Pedagogía Terapéutica, etc.
- Medidas
para garantizar la continuidad de la respuesta educativa. En relación con
los procesos y parámetros utilizados en la identificación y evaluación del
alumnado de altas capacidades, se garantizará la total continuidad de la
respuesta aportada a los alumnos en los distintos niveles educativos a
través de la coordinación entre los orientadores y profesores correspondientes.
- Asegurar una
estrecha relación entre el centro y la familia, que resulta especialmente
relevante en los niveles de la escolaridad obligatoria, para garantizar una adecuada
interpretación y valoración del proceso educativo de estos alumnos.
A continuación ejemplificamos por pasos¸ los
procesos a seguir:
1. El equipo docente detecta las necesidades
educativas especiales en un alumno "excepcional".
2. El director del centro informa a
la familia y al Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica o al
Departamento de Orientación.
3. La familia da su conformidad para
que sea evaluado.
4. El Equipo de Orientación evalúa y
dictamina positivamente.
5. El director remite la solicitud a
la Dirección Provincial incluyendo:
• Informe de los
profesores coordinado por el tutor.
• Informe de la
evaluación psicopedagógica.
• Propuesta de modificación del
currículo firmada por el Director del Centro
• Un documento
con la conformidad de los padres o tutores.
6. Informe
de la inspección sobre la idoneidad de la propuesta.
7. Con 15
días de plazo, la Dirección Provincial remite la documentación a la Dirección
General de Renovación Pedagógica.
8. La
Dirección General de Renovación Pedagógica resolverá en el plazo de 3 meses a
contar desde la presentación de la solicitud en la Dirección Provincial.
9. La
Dirección General de Renovación Pedagógica comunica su resolución a la Dirección
Provincial.
10. La
Dirección Provincial lo comunica al director del Centro.
11. La Dirección del Centro avisa a la familia del alumno superdotado.
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